En Sesión Extraordinaria, el Concejo Municipal declaró el estado de emergencia vial para el Distrito Sunchales, con el objetivo de “garantizar el ejercicio del derecho a la circulación y la movilidad urbana, en condiciones que aseguren la integridad de las personas que transitan por la vía pública”.
El texto definitivo de la nueva norma surgió de la unión de dos proyectos presentados por los bloques Partido Demócrata Progresista y Juntos por el Cambio.
La responsable de fundamentar la aprobación fue la concejala María Alejandra Bugnon de Porporatto, quien afirmó: “Este es el cuarto año de mi mandato y es la tercera Ordenanza de emergencia que me toca declarar y aprobar. Nos tocó la emergencia sanitaria en el 2020, al poco tiempo la emergencia ambiental y ahora la emergencia vial. No creo que en otros períodos se hayan declarado más emergencias que en estos tres años”.
Luego agregó: “La primera, sanitaria, fue imprevista y extensa, las otras dos creo causadas por una falta de planificación, sumado a falta de recursos y demoras en la ejecución. La emergencia sanitaria ocupó mucho tiempo y recursos y era prioridad indiscutible, es cierto, pero las otras dos podrían haberse evitado si las gestiones y acciones se hubiesen hecho en tiempo y forma”.
Hacia el final de su alocución, la concejala Bugnon se refirió a la Ordenanza aprobada, como una herramienta “para reasignar recursos y así poder tener caminos seguros para los escolares, ciclovías, sendas peatonales, semáforos modernos, inspectores en las calles y campañas de educación”.
Vigencia
El estado de emergencia se establece por el término de un año, pudiendo ser prorrogado total o parcialmente por igual término por Decreto del Departamento Ejecutivo, debiendo comunicarse el mismo en un plazo que no supere los cinco días hábiles desde su vigencia al Concejo Municipal.
Comité de Crisis
Se conforma el Comité de Crisis como órgano rector para la elaboración del diagnóstico, planificación y evaluación de políticas públicas transversales, multidisciplinarias e interjurisdiccionales, en materia de movilidad urbana y seguridad vial.
Estará integrado por:
-Los representantes que designe la Intendencia, debiendo contar como mínimo con una persona responsable con capacidad de dirección de las áreas con competencia en materia de seguridad vial; una por el Observatorio de Seguridad Vial; una por el Juzgado de Faltas; una por educación; una por salud; una por ordenamiento territorial; una por obras públicas y una por hacienda.
-Un Concejal por cada bloque con representación en el Concejo.
Tendrán como funciones elaborar un diagnóstico que sistematice la información existente, así como la producción de estudios que permitan obtener un relevamiento de movilidad clasificada en el Distrito. Además, auditorías de las vías públicas, relevamiento y evaluación de la normativa vial existente y su aplicabilidad, sumado a un diagnóstico de la infraestructura urbana requerida.
El Comité de Crisis, a efectos de garantizar el cumplimiento de los requerimientos, debe contar con la asistencia y servicios de profesionales especializados con incumbencia en las temáticas en análisis, así como garantizar la coordinación institucional e interjurisdiccional.
Plan Estratégico
Créase el Plan Estratégico de Seguridad Vial para la gestión planificada de políticas públicas en materia de movilidad urbana y seguridad vial, durante el período de vigencia de la emergencia, a cargo del Comité de Crisis.
El mismo se enmarca en cinco líneas de base para la acción:
-Diseño participativo de base comunitaria;
-Fortalecimiento y mejora de la calidad normativa;
-Fortalecimiento y mejora de la infraestructura urbana vial con énfasis en los tránsitos vulnerables;
-Organización estratégica y mejora de los sistemas de control y sancionatorio;
-Educación vial integral y sensibilización en accidentología y siniestralidad vial sistematizada.
Partidas afectadas
Se faculta al Departamento Ejecutivo a reasignar partidas presupuestarias, destinar nuevos recursos, propios o de otras jurisdicciones, y/o reasignar personal municipal para ejecutar todas las medidas que se estimen pertinentes para garantizar la seguridad vial en todo el Distrito.
Las transferencias que se realicen para mantener la situación de estado de Emergencia Vial deben ser informadas al Concejo Municipal.
Se determina además que la asignación presupuestaria dispuesta en 2023 por el Departamento Ejecutivo Municipal para el cumplimiento de la Ordenanza N°2008, norma que dispone la implementación del Presupuesto Participativo, será destinada al financiamiento exclusivo de proyectos de mejoras en infraestructura y seguridad vial para cada uno de los barrios de la ciudad, manteniéndose las proporciones, modos y procedimientos dispuestos en la Ordenanza N°2008.
El treinta por ciento de la partida correspondiente a “Publicidad y Propaganda” del presupuesto para la administración municipal ejercicio 2023 se debe asignar, mientras dure la Emergencia Vial, a campañas de concientización y educación vial.
La Subsecretaría de Hacienda y Finanzas debe informar al Comité de Crisis en forma cuatrimestral la ejecución de las partidas orientadas al cumplimiento de las acciones dispuestas, así como los requerimientos de adecuaciones o modificaciones normativas presupuestarias.