Información Legislativa Nacional

Villa de Merlo, San Luis: El Ejecutivo giro al Concejo un decreto con medidas económicas para el comercio

El Intendente Alvarez Pinto anunció importantes exenciones para comerciantes afectados por las medidas de restricción, abonaran alrededor de un 65% menos. El decreto se homologaría la semana próxima.

El Intendente Alvarez Pinto dirigiéndose a los Concejales en la apertura de sesiones del 1º de marzo pasado

A partir de la firma del Intendente Alvarez Pinto, se exime del 50% del valor de la Tasa Básica de Seguridad e Higiene y del 100% de la Tasa de Asignación a Fondos Específicos a comerciantes de rubros no esenciales.

Bloques de la oposición habían presentado en el Concejo una propuesta para aplicar un 30% de descuento a rubros no esenciales y un 100% a los relacionados a la prestación de servicios turísticos. La propuesta enviada por el Ejecutivo plantea más y mejores beneficios, por lo que sería homologada la semana próxima luego del tratamiento en comisión.

El anuncio del oficialismo se realizó a través de las redes sociales del municipio y surge de conversaciones mantenidas con los contribuyentes y de un minucioso análisis realizado. Las tasas municipales son la menor carga tributaria con la que cuenta el sector, siendo mucho más significativas las cargas que surgen de impuestos provinciales, como por ejemplo Ingresos Brutos ($10 mil aproximadamente), Impuesto Inmobiliario ($5 mil aproximadamente), Patente de Automóviles ($4 mil aproximadamente), etc.

El ejecutivo junto a la cartera de Hacienda y los concejales de San Luis Unido, tomaron esta determinación pese a que en el informe brindado por el Ministerio de Salud de la Nación, la Villa de Merlo no está dentro de las zonas consideradas de alto riesgo epidemiológico, pero fue alcanzada por las medidas de restricción debido a la extensión a todo el territorio provincial de las mismas dispuesta por el Gobernador de la Provincia.

La medida pretende mitigar la situación de los contribuyentes alcanzados por las restricciones mencionadas y llevar un alivio a los sectores considerados no esenciales que se han visto seriamente afectados en sus ingresos en los distintos períodos que fueron impuestas las medidas de restricción y han impactado negativamente en el desenvolvimiento de la economía local.

El beneficio alcanzará a todos aquellos comercios habilitados que no mantengan deudas por los mismos conceptos al 31 de Diciembre de 2020.

Aquellos comercios que deban regularizar deudas al 31/12/2020, pueden acogerse a este beneficio adhiriendo a un plan de pagos.

La adhesión al plan de pagos se realizará integrando el 15% en concepto de anticipo y el saldo se deberá abonar hasta en 6 cuotas a partir del mes de Enero de 2022. La deuda que se cancele mediante pago de contado tendrá un descuento del 20% del monto adeudado.

Para los contribuyentes que hayan realizado su pago anual anticipado, se les reconocerán dichos importes para el pago de la misma tasa del año 2022.

Los beneficios deberán ser solicitados por los contribuyentes vía correo electrónico a rentas1villademerlo@gmail.com, rentas2villademerlo@gmail.com o a rentas3villademerlo@gmail.com para obtener el link para completar el formulario que tendrá carácter de declaración jurada a los fines de aplicar los respectivos descuentos.

Conoce el Decreto 15-IM-2021 ingresando en el siguiente enlace:

Otras Noticias

Informes

JORNADA PÚBLICA CON VECINALES

8 de junio de 2023

Informes
Informes
Informes