Información Legislativa Nacional

Proyecto de Ordenanza busca preservar el Paisaje

Comodoro Rivadavia, Chubut

El objetivo de la misma es el de actualizar la ordenanza N° 11.199/13 que regula la publicidad y/o propaganda que se realice dentro del ejido de la ciudad para resguardar el ordenamiento urbano y bienes patrimoniales, incorporando la categoría de paisaje urbano y periurbano, cultural, natural y paisaje natural antropizado (aquel que ha sido transformado por alguna actividad humana).

La intención de esta normativa como ampliatoria de la ordenanza original de regulación publicitaria, es que una vez sancionada y promulgada la misma “la ciudad y todo el paisaje circundante deberán quedar limpios” y se deberán desarrollar las acciones de remediación que hayan dañado el paisaje.

Tal como aquella ordenanza lo señala, también le corresponde la infracción a todo aquel que colocase o facilitare la colocación de anuncios publicitarios, incluida la propaganda política que deberá adecuarse a los formatos establecidos y encontrar en el futuro una ubicación más adecuada. Así como también se considerarán agravantes aquellas acciones “cuya recuperación implique erogación de los fondos públicos y/o intervenciones expertas para su completa restauración”.

En los fundamentos se detalla la legislación que como antecedente de esta temática, respalda la necesidad de proyectarla a una noción de ambiente ya adoptada en la reforma constitucional del ’94, la que clasifica los aspectos esenciales del mismo relacionado con el derecho a la calidad de vida de las personas. Asimismo hace referencia a las políticas públicas desarrolladas por el Poder Ejecutivo en la planificación e implementación del Plan Estratégico de Turismo “Pioneros 2030” y la postulación de Comodoro como Paisaje Cultural de la Argentina.

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