Información Legislativa Nacional

Parques Lineales Inundables

La Plata, Buenos Aires

El Concejo Deliberante de La Plata, presidido por Ileana Cid, aprobó la creación de Parques lineales inundables, mediante la modificación del Código de Ordenamiento Urbano Territorial, que busca proteger los arroyos y prevenir inundaciones.

Mediante la modificación del artículo 28 de la Ordenanza 10.703, que establece las zonas y sectores especiales, se establece que «son ámbitos territoriales que por sus particulares características físicas o funcionales se encuentran sujetas a diferentes intervenciones, tales como: preservación, protección, recuperación, etc. Incluyen ámbitos afectados por un uso específico, cuya identidad, significación o dimensiones hace que no sean asimilables a las zonas adyacentes y puedan pertenecer a distintas áreas comprenden las zonas de Preservación Patrimonial, zonas de Arroyos y Bañados, zonas de Recuperación territorial, zonas de Usos específicos, zonas de Esparcimiento, los Sectores de Arroyos y Bañados y Zona Parque lineal inundable».

A su vez, se incorporó el artículo 32 bis, que establece como Zona de Parque Lineal Inundable a «ámbitos territoriales a la vera de los arroyos destinados a la actividad recreativa ociosa o activa con el equipamiento adecuado a dichos usos».

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