Aquellos que cumplan aislamiento, sean contactos estrechos, constituyan un caso sospechoso o integren un grupo de riesgo pueden tramitar la autorización para no votar.
Según el nuevo protocolo de la Cámara Nacional Electoral, tendrán autorización legal para no votar, tanto para las PASO como para las generales.
Sin embargo, la CNE estableció que para el caso de las personas que pese a estar comprendidas en la justificación para no votar por alguna de las razones mencionadas vinculadas al coronavirus, quieran ejercer de todas formas su derecho a sufragar, entonces el juez electoral del distrito que corresponda deberá “determinar el procedimiento de emisión del voto”.
En cuanto a los ciudadanos que tengan un PCR positivo confirmado, síntomas compatibles con Covid o hayan estado en contacto estrecho con alguien cursando la enfermedad y que, por lo tanto, no quieran sufragar, podrán tramitar el justificativo de no emisión del voto a través del portal web de la Cámara, en la sección de infracciones al acto electoral.